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La Autoridad Independiente de Protección del Informante ya permite la comunicación del Responsable del Sistema Interno de Información

La Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI), que comenzó a operar el 1 de septiembre de 2025, ha procedido a habilitar el formulario destinado a la comunicación de la identidad de la persona Responsable del Sistema Interno de Información, pudiendo accederse a través del siguiente enlace: https://sede.proteccioninformante.gob.es/login/index/idp/1

Uno de los aspectos clave que deben atender las empresas obligadas por la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (Ley 2/2023), es la obligación de comunicar a la AIPI —o a la entidad competente de su comunidad autónoma, según corresponda— la identidad del responsable del sistema interno de información (artículo 8.3 de la Ley 2/2023).

El Real Decreto 110/2024, que regula el funcionamiento de la AIPI, incorporó una disposición transitoria que ampliaba de diez días a dos meses el plazo inicial para realizar esta comunicación. Una vez habilitado el formulario, la AIPI ha informado de que dicho plazo de dos meses comienza a computarse a partir de hoy, 10 de febrero de 2026.

Asimismo, la AIPI ha publicado un manual específico cuyo propósito es orientar a las entidades obligadas en la correcta cumplimentación y presentación de esta comunicación, facilitando el cumplimiento de este trámite administrativo.

Este manual se suma a las tres anteriores recomendaciones publicadas por la AIPI; todos estos documentos pueden ser localizados a través del siguiente enlace: Circulares, Recomendaciones y guías – proteccioninformante.es

Este nuevo escenario normativo exige que las empresas no solo atiendan a los plazos y trámites formales, sino que también garanticen que sus sistemas internos de información se encuentren plenamente alineados con los principios de confidencialidad, integridad y protección frente a represalias establecidos por la ley.

La adaptación a estas exigencias normativas no debería entenderse únicamente como el cumplimiento de una obligación legal, sino como una oportunidad para fortalecer una cultura organizativa sustentada en la integridad, la transparencia y los principios de buen gobierno corporativo.

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