El Sistema de Certificados de Ahorro Energético se prepara para una nueva etapa
El Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE), establecido por el Real Decreto 36/2023, es un mecanismo de acreditación de la consecución de ahorros de energía final en el ámbito del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE). Cada CAE reconoce un ahorro anual de energía final derivado de una actuación de eficiencia energética, y el sistema permite su monetización.
Con el fin de agilizar los procedimientos administrativos, reforzar la trazabilidad de las operaciones, delimitar con mayor precisión las responsabilidades de los distintos agentes y adaptar el marco normativo español a la Directiva (UE) 2023/1791, relativa a la eficiencia energética, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha impulsado una modificación que incorpora, entre otras, las siguientes novedades:
- Incorpora las definiciones de ahorro de energía final, agregador de ahorros, contrato de cesión y expediente CAE.
- Introduce cambios en el cumplimiento de las obligaciones de ahorro. Se adaptan los criterios de cálculo a tener en cuenta para la determinación del porcentaje mínimo de la obligación de ahorro energético anual a satisfacer mediante aportaciones económicas al SNOEE.
- Se concreta la figura del sujeto delegado, especialmente sus requisitos de capacidad legal, técnica y económico-financiera y se establece expresamente que no podrá delegar su deber de liquidación. Además, la obligación de ahorro continúa correspondiendo al sujeto obligado, aunque este haya delegado su obtención.
- Se introducen previsiones para mejorar el funcionamiento del Registro Nacional de CAE (RNCAE) y, en particular, la trazabilidad de los CAE emitidos, transmitidos y liquidados.
- Se facilita un mayor control y responsabilidad de los verificadores y se permite incluir en una misma solicitud distintas actuaciones estandarizadas, siempre y cuando se hayan ejecutado durante el mismo año y dentro de la misma comunidad autónoma.
- Regula de forma más completa del mecanismo de subastas de ahorro energético. Se crea un nuevo capítulo específico para el régimen de subastas, diferenciando entre la modalidad de subastas de compromisos de ahorro energético y la modalidad de subastas de necesidades de ahorro energético. Las subastas tendrán un carácter complementario, ya que la emisión y liquidación ordinaria de CAE seguirá siendo la vía principal del sistema.
- Se aprueba la habilitación inicial de OMIE y MIBGAS para desarrollar y gestionar la plataforma electrónica.
La reforma pretende convertir el sistema en un mecanismo más estructurado y trazable, donde las empresas obligadas puedan disponer de una mayor flexibilidad para cumplir sus objetivos. Respecto a los sujetos delegados, verificadores, empresas de servicios energéticos y agregadores, la propuesta puede abrir nuevas oportunidades, aumentando también las exigencias de capacidad, solvencia y control.
Las entidades afectadas deberán seguir de cerca la tramitación, revisar los nuevos plazos y preparar procedimientos internos que garanticen la acreditación y trazabilidad de los ahorros.
Hasta la aprobación y publicación de la reforma, su contenido debe considerarse una propuesta y no una obligación vigente. Por el momento, el MITECO ha sometido el proyecto de real decreto a trámite de audiencia e información pública, que permanecerá abierto del 3 al 23 de septiembre de 2026.
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