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El Gobierno aprueba nuevamente la posibilidad de extender de forma excepcional el quinto hito administrativo de obtención de la autorización de explotación de instalaciones de energías renovables

Debido a los graves problemas en la cadena de suministros que viene sufriendo la Unión Europea desde la entrada en vigor de los hitos administrativos del Real Decreto-ley 23/2020 con motivo de la concatenación de guerras y crisis, el Gobierno de España ha ido aprobando diversas extensiones “excepcionales” de alguno de estos hitos para dotar de seguridad jurídica a los promotores que, sin mediar culpa, veían cómo sus proyectos no avanzaban lo esperado, ya fuese en la fase burocrática o en su construcción.

En este contexto ha visto la luz el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio (RDL 7/2026), publicado el pasado 21 de marzo en el Boletín Oficial del Estado, que en su artículo 25 prevé la posibilidad de solicitar nuevamente una extensión excepcional del quinto hito del Real Decreto-ley 23/2023 -la autorización de explotación- hasta el próximo 31 de diciembre de 2030.

Como sucedió en los anteriores reales decretos-ley que aprobó el Gobierno con esta finalidad, los requisitos para acceder a la extensión son: i) haber obtenido los permisos de acceso y conexión con posterioridad al 27 de diciembre de 2013 y antes de la entrada en vigor del RDL 7/2026, ii) solicitar la extensión dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor o desde la obtención de la autorización administrativa de construcción, si esta fuera posterior, e iii) indicar el semestre del año en el que se espera obtener la autorización de explotación (con el consiguiente compromiso de no obtenerla antes, ni inscribirse en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica).

Pese a que se dispone de un plazo de tres meses para la solicitud, debido al clima de inestabilidad política y al antecedente del Decreto-ley 7/2025, de 24 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico, que no fue convalidado por el Congreso de los Diputados, es aconsejable la presentación de la solicitud cuanto antes a efectos de que esta medida resulte de aplicación, puesto que la convalidación del RDL 7/2026 será votada el próximo jueves 26 de marzo en el Congreso de los Diputados.

Además, como novedad legislativa se permite a los promotores que se hubieran acogido a alguna de las anteriores ampliaciones excepcionales solicitar su “reducción”, si prevén la obtención de la autorización de explotación en un plazo menor.

Por lo tanto, queda abierta la puerta a la extensión excepcional del hito de obtención de la autorización de explotación definitiva hasta el 31 de diciembre de 2030.

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