Claves del Real Decreto 731/2026: una nueva vía de impulso para las inversiones energéticas estratégicas
El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, abrió la puerta a las inversiones estratégicas, creando la figura de los Proyectos Estratégicos de Inversión para impulsar y acelerar aquellas iniciativas que tengan por objeto mejorar las capacidades tecnológicas, científicas o productivas de España y respondan a razones de interés público, social o económico. Ahora, con la reciente publicación del Real Decreto 731/2026, de 16 de septiembre, se concretan los criterios y el procedimiento para la declaración como Proyecto Estratégico de Inversión, los efectos asociados al mismo y las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones o compromisos.
La valoración tiene dos fases. Primero, el Comité de Inversiones Estratégicas -que dispone de un mes para emitir la declaración previa- examina, entre otros aspectos, el volumen de inversión, el empleo, la solidez del proyecto y su relación con los objetivos de transición energética. Después se analizan con mayor detalle el plan de negocio, el impacto ambiental y territorial, la innovación y las posibles medidas de apoyo. La declaración definitiva corresponde a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, dentro de un plazo máximo de tres meses desde la solicitud.
Para los proyectos energéticos, los efectos concretos dependerán de cada declaración definitiva y revisión caso por caso, pudiendo incluir prioridad en determinados trámites, medidas para facilitar el acceso y la conexión a infraestructuras o acompañamiento administrativo. La norma también prevé prioridad en la tramitación de incentivos regionales, siempre que se cumplan sus requisitos. Además, en los supuestos previstos por el Real Decreto-ley 7/2026, también puede favorecer el acceso a la red eléctrica cuando exista competencia por la capacidad disponible.
El nuevo marco ofrece a los promotores energéticos una vía para acreditar la relevancia de sus inversiones y solicitar apoyos ajustados al proyecto. Para ello, será esencial justificar su viabilidad, impacto y contribución a la transición energética, además de cumplir los compromisos que se incorporen a la resolución, pues su incumplimiento conllevaría la revocación de la declaración o de algunas medidas de apoyo. Las solicitudes podrán presentarse cuando se publiquen el baremo y la metodología de evaluación y se habilite la tramitación electrónica, en la fecha que establezca la orden correspondiente.
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